Fin de las contribuciones para mayores de 65: quién calificaría, desde cuándo y qué revisar hoy en tu propiedad

Fin de las contribuciones para mayores de 65: quién calificaría, desde cuándo y qué revisar hoy en tu propiedad

La madrugada del 16 de julio de 2026, tras doce horas de intenso debate, el Senado aprobó el proyecto de ley que exime del pago de contribuciones a los adultos mayores de 65 años. Esta medida se enmarca en la denominada megarreforma o plan de reconstrucción nacional del gobierno, que busca, entre otros puntos, aliviar la carga tributaria sobre la vivienda principal de este grupo etario. Si bien la votación favorable en la Cámara Alta representa un avance significativo, es fundamental comprender que esta iniciativa aún no es ley vigente y deberá sortear nuevos trámites constitucionales.

El universo estimado de beneficiarios iniciales rondaría las 400 mil personas. La propuesta establece que la exención sería invocable exclusivamente respecto de la residencia habitual del contribuyente, permitiendo su aplicación sobre un solo inmueble a nivel nacional. La intención declarada del Ejecutivo es que este beneficio, que luego avanzaría hacia una gradual universalidad según las finanzas públicas, entre en vigor durante el segundo semestre de 2026, compensando a los municipios afectados a través del Fondo Común Municipal.

¿Qué requisitos establece el proyecto para acceder a la exención?

Aunque el texto definitivo aún puede sufrir modificaciones en la Cámara de Diputadas y Diputados, el núcleo del beneficio aprobado hasta ahora establece las siguientes condiciones copulativas:

Requisito Detalle del proyecto de ley
Edad del beneficiario Tener sesenta y cinco años o más al momento de solicitar el beneficio.
Titularidad Ser el propietario legalmente inscrito de la propiedad ante el Conservador de Bienes Raíces.
Destino del inmueble Debe corresponder a la vivienda principal y de residencia habitual del adulto mayor.
Límite de aplicación El beneficio solo se podrá invocar sobre una vivienda en todo el país.

¿Qué revisar hoy en tu propiedad? El riesgo de la titularidad

El punto ciego que muchos desconocen es la exigencia de la titularidad registral. Para que una persona de sesenta y cinco años o más invoque esta futura exención, deberá figurar como propietario inscrito del inmueble. Lamentablemente, la realidad habitacional en regiones como Ñuble y Biobío revela que miles de adultos mayores habitan en propiedades que, en estricto rigor legal, no están a su nombre.

Es sumamente común que los abuelos vivan toda su vida en la casa que estaba a nombre de sus propios padres ya fallecidos (sin haber tramitado jamás la posesión efectiva), o que habiten en terrenos adquiridos informalmente mediante meras cesiones de derechos o compraventas no inscritas. Si este es su caso, al entrar en vigencia la ley, el Servicio de Impuestos Internos simplemente rechazará el beneficio porque, para el Estado, usted no es el dueño.

¿Qué hacer según tu perfil de propiedad?

La recomendación preventiva es no esperar a que la ley se publique. Los procesos de regularización inmobiliaria son lentos y pueden tomar más de un año. Revise su situación actual según estos tres perfiles:

  • Perfil A (Propiedad a nombre de un familiar fallecido): Si habita la casa de sus padres o de un cónyuge fallecido, debe iniciar inmediatamente la tramitación de la posesión efectiva. Sin ella, el dominio no pasará a su nombre.
  • Perfil B (Compra irregular o sin escritura): Si compró el terreno de palabra, solo con una promesa, o tiene un retazo en una sucesión compleja que ocupa hace más de cinco años, debe evaluar un proceso de saneamiento (Decreto Ley dos mil seiscientos noventa y cinco) ante Bienes Nacionales. Puede verificar si cumple los requisitos utilizando nuestro test de saneamiento gratuito.
  • Perfil C (Propiedad inscrita correctamente): Si el certificado de dominio vigente del Conservador de Bienes Raíces está a su nombre, usted está listo. Solo le resta esperar la promulgación de la ley y mantener al día su revisión de cálculo de contribuciones.

Línea de tiempo del proyecto de ley

Ingreso Cámara Baja Aprobación Cámara Mayo 2026 Aprobación Senado 16 de julio 2026 Tercer Trámite Calendario incierto Meta del Gobierno Segundo semestre 2026

¿Qué más incluye la megarreforma?

La exención territorial es solo uno de los aspectos de un proyecto más amplio. La iniciativa gubernamental también incluye la reducción de contribuciones a otros segmentos, ajustes en el Impuesto de Primera Categoría planteando una rebaja progresiva hacia 2029, y cambios estructurales en la reintegración del sistema tributario. Debido a la envergadura de estas modificaciones, sectores de la oposición ya han advertido su intención de presentar requerimientos ante el Tribunal Constitucional, lo que añade una capa extra de incertidumbre sobre los plazos finales de promulgación.

Si su propiedad mantiene deudas históricas vigentes hoy, recuerde que el beneficio aplicaría hacia el futuro. Para cobros antiguos o embargos en curso, le recomendamos revisar los procesos de prescripción de contribuciones y riesgo de remate por parte de la Tesorería General de la República, o los mecanismos para recuperar contribuciones pagadas en exceso si corresponde.

Aviso legal: Este artículo tiene fines estrictamente informativos y se basa en el texto aprobado por el Senado al 16 de julio de 2026. Al tratarse de un proyecto en trámite constitucional, las condiciones, requisitos y plazos descritos pueden sufrir alteraciones sustanciales antes de convertirse en ley. Le sugerimos mantenerse atento a los canales oficiales para verificar la promulgación definitiva.
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